La Matanza · Buenos Aires

Cambios en el sistema de selección

Polémica por decreto que modifica la designación de jueces de la Corte Suprema

El Gobierno nacional eliminó la participación ciudadana y la publicación en diarios para las candidaturas al máximo tribunal. Organizaciones y expertos critican la medida.

Por Editor
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Fachada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Fachada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

El Gobierno nacional oficializó una profunda modificación en el procedimiento para la designación de jueces de la Corte Suprema de Justicia, a través del Decreto 467/2026. La medida elimina la instancia de participación ciudadana previa al envío de los pliegos al Senado y suprime la obligación de publicar las candidaturas en diarios de circulación nacional.

Hasta ahora, el Decreto 222/2003 establecía un período de exposición pública durante el cual ciudadanos, organizaciones no gubernamentales, colegios profesionales, universidades y entidades de derechos humanos podían presentar observaciones, apoyos o impugnaciones sobre los postulantes. Ese mecanismo fue creado para fortalecer la transparencia y limitar la discrecionalidad del Poder Ejecutivo.

Con la nueva normativa, los antecedentes de los candidatos solo se difundirán a través del Boletín Oficial y del sitio web del Ministerio de Justicia. Además, se dejan sin efecto las recomendaciones para considerar criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y representación regional al momento de integrar el máximo tribunal.

Desde el Gobierno argumentaron que la medida busca agilizar los procesos de designación y evitar superposiciones administrativas. Según los fundamentos del decreto, la instancia de control ciudadano ya está garantizada durante el tratamiento de los pliegos en el Senado, donde se realizan audiencias públicas y se evalúan las postulaciones.

Sin embargo, distintas organizaciones vinculadas al ámbito judicial y expertos constitucionalistas cuestionaron la decisión por considerar que reduce los niveles de transparencia y limita la participación de la sociedad civil. Advirtieron que la eliminación de estos mecanismos implica un retroceso respecto de los estándares de apertura institucional implementados hace más de dos décadas.

La discusión se produce en un contexto de vacantes sin cubrir en la Corte Suprema, que actualmente funciona con tres integrantes sobre los cinco previstos por ley. Especialistas sostienen que, aunque la Constitución Nacional establece que los jueces de la Corte son propuestos por el Poder Ejecutivo y requieren el acuerdo del Senado con mayoría especial, los mecanismos de participación ciudadana implementados desde 2003 funcionaban como una herramienta adicional de control institucional y de fortalecimiento de la legitimidad de las designaciones.

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