La Matanza · Buenos Aires

Resolución General 11/2026

La IGJ simplificó los trámites para abrir una empresa en el país

El organismo derogó 33 artículos reglamentarios y dos resoluciones generales. Se elimina el dictamen de precalificación profesional como requisito obligatorio y se flexibiliza el objeto social.

Por Editor
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Fachada de la sede de la Inspección General de Justicia en Buenos Aires
Fachada de la sede de la Inspección General de Justicia en Buenos Aires

La Inspección General de Justicia (IGJ) avanzó este jueves con una serie de modificaciones que reducen las exigencias administrativas para la formalización de empresas, a través de la Resolución General 11/2026. La medida implicó la derogación de 33 artículos reglamentarios y de dos resoluciones generales que contenían requisitos que quedaron sin efecto.

El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, se refirió a la decisión en su cuenta de la red social X: "Con el objetivo principal de reducir la burocracia, bajar costos y acelerar los tiempos para abrir una empresa, la IGJ simplifica el régimen de constitución de sociedades y flexibiliza el objeto social". La resolución apunta a modificar el funcionamiento del registro de sociedades y a agilizar los plazos de constitución.

Entre los cambios centrales, se eliminó el dictamen de precalificación profesional como requisito obligatorio para la constitución de una sociedad. A partir de ahora, esa presentación podrá ser voluntaria o limitarse a casos específicos. Además, se flexibilizó la definición del objeto social: cada empresa podrá incluir una o más categorías de actividad, sin que exista conexión o complementariedad entre ellas.

Para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), la resolución permite establecer como objeto "la realización de cualquier actividad lícita". En ese marco, desde el organismo se remarcó: "Los registros de sociedades deben funcionar como ventanillas de habilitación ágiles, orientadas a la publicidad y a la certeza jurídica, y no como filtros de control previo de naturaleza discrecional".

Otro de los cambios es la posibilidad de fijar una sede electrónica complementaria a la sede social física de la firma. Las empresas podrán declarar una dirección de correo electrónico que servirá para la comunicación con socios y terceros. También se ampliaron las herramientas para acreditar aportes dinerarios en efectivo y se autorizó la incorporación de cláusulas arbitrales como instrumento constitutivo.

En materia de documentación, se unificaron y simplificaron los requisitos para los instrumentos de constitución y los actos posteriores. Se podrán utilizar escrituras públicas, instrumentos privados con firma certificada o digital y documentos electrónicos con firma digital de los otorgantes.

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