La Matanza · Buenos Aires

Seguridad social

ANSeS actualizó los requisitos para la Prestación por Desempleo

El organismo precisó los aportes exigidos para trabajadores permanentes, eventuales y de temporada. La asistencia cubre despidos sin justa causa, quiebras y contratos no renovados.

Por Editor
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Sede central de ANSeS con personas esperando atención en la entrada
Sede central de ANSeS con personas esperando atención en la entrada

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) actualizó los requisitos para acceder a la Prestación por Desempleo, la asistencia destinada a trabajadores registrados que perdieron su empleo por causas no imputables. El beneficio contempla los despidos sin justa causa y los vencimientos de contratos, entre otras situaciones.

La prestación está dirigida a trabajadores formales que quedaron sin empleo por decisión del empleador o por el fin de un contrato. El monto y la cantidad de cuotas se calculan en función de los salarios percibidos y los períodos con aportes registrados en los tres años previos a la solicitud.

Según informó ANSeS, los trabajadores permanentes deben contar con al menos seis meses de aportes durante los tres años anteriores al despido o a la finalización del contrato. En el caso de los trabajadores eventuales y de temporada, deben demostrar haber trabajado menos de doce meses en los últimos tres años y contar con más de 90 días de aportes en el año previo al final.

La cantidad de cuotas puede ir de dos a doce meses. Además, las personas de más de 45 años pueden obtener seis meses adicionales de cobertura.

El trámite se puede realizar de forma online o presencial en cualquier oficina de ANSeS con turno previo. Para hacerlo de manera virtual, se debe ingresar a la sección Atención virtual de ANSeS con CUIL y Clave de Seguridad Social. Una vez aprobada la prestación, se gestiona la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social, donde se depositarán los pagos.

En cuanto a la documentación, para el despido sin justa causa se requiere el telegrama de despido, una carta documento o una nota de despido con la firma certificada del empleador. En casos de quiebra o concurso preventivo, se debe presentar documentación que acredite esa situación, como una nota del síndico, la sentencia de quiebra autenticada, el telegrama del empleador o la publicación del hecho en el Boletín Oficial. Para los contratos no renovados, se exige copia del contrato vencido.

En todos los casos, se debe presentar el DNI, original y copia, junto con la documentación que acredite la situación de desempleo.

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