La Matanza · Buenos Aires

Reforma laboral

Fondos de Asistencia Laboral: qué cambia con la reglamentación

La reglamentación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) establece que serán administrados por fideicomisos y aseguradoras autorizados por la CNV. El sistema modifica el cálculo de indemnizaciones y reduce aportes patronales a la seguridad social.

Por Editor
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Documento oficial con texto legal y sello
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El gobierno reglamentó los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de indemnizaciones por despido que forma parte de la reforma laboral. Los empleadores deberán aportar un porcentaje del salario de los trabajadores a un fondo administrado por fideicomisos, fondos fiduciarios o aseguradoras autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).

El aporte mensual varía según el tamaño de la empresa: 2,5% del salario para pequeñas empresas y 1,5% para grandes empresas. A cambio, se reducen las contribuciones patronales a la seguridad social, lo que, según críticos, perjudica a los jubilados actuales y futuros.

Uno de los cambios centrales es la modificación de la base de cálculo de la indemnización. Antes se tomaba el mejor salario del último año, incluyendo aguinaldo y premios. Ahora se excluyen esos conceptos, lo que reduce el monto final. El abogado laboralista Matías Cremonte señaló que el sentido de las indemnizaciones es reparar el daño y desalentar despidos arbitrarios, pero la nueva norma facilita los despidos al abaratar su costo.

Cremonte también cuestionó la constitucionalidad de la medida, recordando que la Constitución Nacional establece que la legislación social debe ser progresiva: una vez reconocido un derecho, no puede reducirse. Además, rechazó la idea de una "industria del juicio" laboral, afirmando que la litigiosidad en Argentina es inferior al 2% de los trabajadores registrados, muy por debajo de la cantidad de juicios comerciales por deudas bancarias.

La reglamentación de los FAL se da en un contexto de aumento de la mora y el endeudamiento de los hogares, con bancos iniciando juicios comerciales masivos, aunque estos no reciben la misma atención mediática que los laborales.

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