La Matanza · Buenos Aires

Reforma tributaria

El Gobierno envió al Congreso un proyecto para reformar la Ley de Inocencia Fiscal

La iniciativa busca ampliar el alcance del régimen y ajustar su funcionamiento, con cambios en la declaración de Ganancias y la adhesión de contribuyentes.

Por Editor
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Edificio del Congreso de la Nación Argentina
Edificio del Congreso de la Nación Argentina

El Gobierno nacional envió al Congreso un nuevo proyecto de reforma de la Ley de Inocencia Fiscal (27.799), con el objetivo de modificar el esquema vigente para ampliar el alcance del régimen y ajustar su funcionamiento. La propuesta incorpora modificaciones en torno a la declaración del impuesto a las Ganancias y a la adhesión de contribuyentes.

Según el oficialismo, las modificaciones buscan mejorar la previsibilidad, aumentar la seguridad jurídica y fomentar la adhesión al régimen, que apunta a simplificar trámites y reducir controles posteriores sobre las declaraciones. Sin embargo, se cuestiona si la flexibilización podría limitar herramientas clave de fiscalización, como la comparación entre ingresos y evolución del patrimonio, utilizadas para detectar posibles inconsistencias.

La iniciativa se enmarca en el régimen de inocencia fiscal, que establece un cambio de paradigma en la relación entre el Estado y el contribuyente: el ciudadano es inocente hasta que el fisco (ARCA) demuestre lo contrario. Entre los puntos clave, se propone eliminar los límites vigentes para acceder al régimen simplificado, que hasta ahora solo permitía adherirse a quienes perciben ingresos de hasta 1.000 millones de dólares anuales o un patrimonio de 10.000 millones.

Si bien se mantendría el criterio de discrepancias del 15 por ciento, se propone la introducción de un piso mínimo de diferencia superior a 5 millones para la aplicación de sanciones. Además, si ARCA notifica al contribuyente sobre discrepancias, este podría rectificar su declaración dentro de los 15 días hábiles posteriores, sin recibir sanciones ni perder los beneficios del régimen.

Otro aspecto es la condonación de las multas que tuviera abiertas el contribuyente que adhiere al régimen simplificado. La persona deberá renunciar a reclamar la devolución de lo ya abonado para efectivizar el beneficio. Para los adherentes, todas sus operaciones deberán ser bancarizadas, es decir, no podrán realizarse en efectivo sino a través de transferencias, tarjetas y billeteras virtuales reguladas. Sin embargo, se mantiene hasta fines de 2027 una excepción para el pago en efectivo de escrituras de inmuebles.

Por último, ARCA solo podrá usar la información declarada por el contribuyente y la que ya tiene en sus sistemas o recibió de terceros: cualquier otra fuente de información no tiene valor probatorio para los procesos de fiscalización y control.

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