Colombia
El CNE colombiano reconoce que la ley de encuestas es restrictiva y propone cambios
El Consejo Nacional Electoral admitió que la normativa vigente encarece y dificulta las encuestas, tras la salida de la consultora GAD3. El organismo se comprometió a presentar un proyecto de ley al Congreso.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Colombia reconoció que la ley de encuestas vigente es restrictiva y anunció que impulsará cambios legislativos. La admisión se produjo durante un diálogo con representantes de 84 firmas encuestadoras, transmitido en vivo, días después de que la consultora española GAD3 dejara de publicar encuestas en el país por considerar imposible cumplir con las exigencias de la normativa.
El comisionado Álvaro Montenegro fue quien puso las cartas sobre la mesa: "Hay algunas cosas que efectivamente en la ley son muy restrictivas. Ustedes lo han dicho repetidamente y entendemos que esas restricciones es lo que fundamentalmente han elevado el costo del ejercicio de esas operaciones". La ley exige, entre otras cosas, un margen de error máximo del 3% a nivel nacional y del 5% a nivel regional, lo que obliga a las firmas a usar muestras más grandes y, por lo tanto, más caras.
El comisionado Sergio explicó que la mayoría de las firmas ya cumplen ese criterio, pero que hacerlo les impide publicar información desagregada por regiones o niveles socioeconómicos sin triplicar el tamaño de las muestras. La salida de GAD3 —que operaba en más de 30 países y cuya última encuesta en Colombia ubicaba a Iván Cepeda primero con el 36%— dejó el mercado con solo cuatro firmas activas en mediciones electorales.
La consultora argumentó que la Comisión Técnica solo acepta encuestas domiciliarias presenciales, invalidando métodos telefónicos, digitales y mixtos. En zonas de estratos 1 y 2, los encuestadores enfrentan riesgos de seguridad; en estratos altos, las porterías y la desconfianza bloquean el acceso. El CNE no está de acuerdo con todas las críticas, pero sí con parte de ellas.
Montenegro aclaró que la intención no es modificar la resolución reglamentaria, sino la ley misma: "Ya estamos trabajando en un documento para modificar, para proponerle al Legislativo un cambio en la ley. Eso no lo vamos a hacer a escondidas, simplemente les vamos a pedir el favor de que nos colaboren corrigiendo los textos". La regulación de encuestas en Colombia data de 1996, pero la Ley 2494 de 2025 elevó las reglas a rango de ley y añadió el requisito de trazabilidad: que cualquier ciudadano pueda verificar cómo se llegó a los resultados.
Uno de los puntos más debatidos es la distinción entre encuesta y sondeo. La ley prohíbe publicar sondeos de intención de voto desde hace 30 años. En una encuesta probabilística se conoce la probabilidad de selección de cada persona; en un sondeo telefónico o por internet, no. Los comisionados señalaron que las encuestas telefónicas tienen tasas de respuesta de menos del 3%, mientras que las presenciales alcanzan el 60%. Para las firmas internacionales como GAD3, el método telefónico es estándar en democracias como el Reino Unido.
El magistrado Álvaro Echeverri advirtió que publicar o reproducir encuestas que no cumplan la normativa tiene consecuencias: la sanción mínima supera los 40 millones de pesos colombianos, e incluye a medios que repliquen estudios realizados desde el exterior.